jueves, 20 de febrero de 2014

Incompetencia municipal.


Desde la Asamblea de Izquierda Unida de Nájera observamos con asombro la nefasta política y gestión que el Ayuntamiento de Nájera hace de la actividad industrial en nuestro pueblo. En los últimos días, hemos visto cómo se ha instalado una ITV fuera del polígono industrial. Del mismo modo, se comenta la apertura de una lavandería industrial casualmente fuera también de dicho polígono. Queremos recordar, que el Polígono Industrial de Nájera, se desarrolló con el fin de focalizar y atraer nuevas empresas a nuestro pueblo y trasladar y regularizar todas aquellas que se encontraban establecidas en el Casco Urbano y aquellas que podían ser afectadas por cambios urbanísticos en Nájera y Comarca. Para ello, se expropiaron terrenos a particulares y se aportaron ventajas y precios atractivos con varias condiciones, valoradas por una Comisión otorgadora de las parcelas. A cambio, los compradores se comprometían a realizar su inversión en base a un proyecto presentado a la Comisión, en el cual detallaban tipo de actividad, número de empleos creados, características de la construcción y asimismo, se establecía una fecha límite para el inicio de la actividad. La realidad, es que seis años después, en más del cuarenta por cierto de las parcelas no se han iniciado las obras, en la mitad de lo edificado no existe actividad, y en varias de las que existe actividad no se corresponde con lo que en su día aparecía en el proyecto (una de las parcelas se adjudicó precisamente para el establecimiento de una ITV). Desde Izquierda Unida, instamos a GESTUR y al Ayuntamiento a exigir el cumplimiento de los proyectos dada su condición vinculante y en el caso de no ejecutarse proceder a tomar medidas para liberar suelo industrial y así poderlo ofertar haciendo atractivo para que se instalen nuevas empresas que generen puestos de trabajo que tanta falta nos hacen. El Ayuntamiento tiene que explicar por qué se ha instalado la ITV fuera del polígono incumpliendo la prohibición legal al permitir la instalación de industrial en suelo no calificado urbanísticamente para este fin y sin disponer de los servicios urbanísticos previstos en el artículo 8 de la ley 10/1998 de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja e incumpliendo el convenio que firmó con GESTUR el 30 de enero de 2002.